Limitaciones de la jornada.
17.11.2024

Doble limitación: ley n° 5350 (ley de las ocho horas) si hablamos de la parte diaria es de 8 horas y el descanso intermedio es de 30 minutos, pero si hablamos semanalmente es de 44 o 48 horas, con el descanso 2 horas.
Limitación: 6 horas diarias y 36 horas semanales para: menores de edad, trabajadores que realizan tareas insalubres y trabajadores de telecomunicaciones privadas.